Como medio, accedimos a la preocupación de una Asociación Civil, que solicita requerimientos precisos sobre protocolos en el mantenimiento de equipos a gas natural en establecimientos educativos.
Lejos de querer polemizar sobre el por que de tal pedido, entendemos que toda la documentación se encuentra ampliamente difundido por instituciones de control sobre este tema. Además de tener protocolos precisos sobre la temática de instalación, conservación, y operación de estos elementos en los digestos de toda dirección de los establecimientos escolares.
Sabemos a ciencia cierta, por que sí es de conocimiento público, que esta problemática fue actualizada y reglamentada, luego del accidente mortal de funcionarios del sistema en Moreno.
Entendemos que la Multisectorial, ha contado con el asesoramiento preciso de un entendido en el tema, que incluso habría tenido actuaciones como proveedor del Municipio y el CE.
No obstante, sería interesante que si dicha Asociación tiene, tendría o tuviese información sobre falencias precisas del sistema, que motiva su preocupación y, entendiendo que la celeridad en estos casos es por demás representativa del peligro que encierra alguna conexón ineficiente, la diera a conocer o diera más precisión al respecto.
También sabemos que el CE, realiza las pruebas al inicio del ciclo lectivo, lo mismo sucede con el tema de la provisión del agua limpieza de tanques y cisternas, dejando explícitamente aclarado que no Cumple con las mandas judiciales al respecto de entregar agua libre de arsénico en los establecimientos escolares.
A los efectos que corresponda, este medio deja al pie de la presente nota, el digesto y protocolos vigentes a la fecha.
Fuente: Google.
En Argentina, el control, habilitación y mantenimiento de las instalaciones y artefactos a gas en los establecimientos escolares están regulados por un marco técnico estricto nacional y protocolos provinciales específicos. Estos criterios se endurecieron tras la tragedia de la Escuela N° 49 de Moreno en 2018, estableciendo pautas obligatorias de inspección y prevención. [
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Las principales normativas y pautas establecidas para controlar estos artefactos son:
1. Marco Técnico Nacional (ENARGAS)
- Norma NAG-200: Es el reglamento fundamental de «Disposiciones y Normas Mínimas para la Ejecución de Instalaciones Domiciliarias de Gas». Regula la correcta colocación de cañerías, la ventilación de los ambientes y la conexión de los equipos. [1, 2]
- Normas NAG-300: Fijan los requisitos mínimos de seguridad y de eficiencia energética que deben cumplir los artefactos a gas (cocinas, termotanques, estufas) para poder estar homologados y comercializarse. [1, 2, 3]
- NAG-215: Regula las características técnicas de las rejillas de ventilación permanente, un factor crítico en aulas y comedores escolares. []
2. Protocolo de Inspecciones y Hermeticidad
A través de normativas específicas de ENARGAS, se obliga a las empresas distribuidoras de gas (como Metrogas o Camuzzi) a ejecutar protocolos de inspección sistemática en las escuelas: [
1,
2,
3,
4]
- Prueba de hermeticidad periódica: Se realizan ensayos de presión para certificar que no existan microfugas en toda la cañería del establecimiento. [1, 2, 3]
- Exclusividad matriculada: Únicamente los gasistas matriculados (contratados por los Consejos Escolares o Ministerios de Infraestructura) pueden intervenir, reparar, limpiar o encender oficialmente equipos en las escuelas. Queda totalmente prohibido que el personal docente o directivo manipule las conexiones internas. [1, 2, 3]
3. Restricciones de Artefactos en Aulas
Existen límites estrictos sobre los tipos de artefactos permitidos dentro de los locales donde hay alumnos: [
1]
- Prohibición de pantallas y cámara abierta: Las pantallas infrarrojas o artefactos de cámara abierta sin salida al exterior están completamente prohibidos en las aulas por el riesgo de consumo de oxígeno y acumulación de monóxido de carbono. [1, 2]
- Obligatoriedad de Tiro Balanceado: Los calefactores instalados en las aulas deben ser exclusivamente de Tiro Balanceado, garantizando que tomen el oxígeno del exterior y expulsen los gases de combustión fuera del edificio. Todos deben poseer válvula de seguridad en perfecto estado. [1, 2, 3]
4. Protocolo de Emergencia Escolar (Olor a Gas)
Los Ministerios de Educación provinciales (como la
Dirección General de Escuelas en Mendoza o la DGCyE en Buenos Aires) sostienen planes de contingencia obligatorios ante sospechas de fugas: [,
2]
- Corte inmediato: El responsable del turno debe cerrar la llave de paso general del edificio o el cilindro de gas si se cuenta con GLP. [1, 2]
- Evacuación y ventilación: Se abren puertas y ventanas inmediatamente y se evacúa a los alumnos hacia el patio o puntos de encuentro seguros. [1, 2]
- Reporte institucional: Se da aviso urgente al Consejo Escolar, Defensa Civil y a la distribuidora de gas. Las clases presenciales se suspenden automáticamente hasta que un gasista matriculado emita el certificado de aptitud técnica y la distribuidora rehabilite el servicio. [1, 2, 3]
¿Necesitás el protocolo o la resolución específica de alguna provincia argentina en particular (como Buenos Aires, Córdoba o Mendoza), o estás buscando información para realizar una auditoría de infraestructura en un colegio?