Las construcciones de edificios escolares, se hacen con los aportes del Fondo de financiamiento educativo que deposita La Provincia de Buenos Aires.
Con la aparición en medios periodísticos de Lobos, donde el Secretario Tucho Jorge hace referencia a las escuelas en construcción del distrito Lobos, explicamos que es EL FONDO DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO.
Básicamente son fondos aportados por Provincia, que dado sus montos, son administrados por el Municipio.
Estos fondos se dedican a obras de infraestructura de Educación y tienen correlato con el CE.
Las obras que se encaran de construcción de establecimientos escolares, se encaran con estos dineros que regularmente envía la provincia de Buenos Aires.
En la ciudad de Lobos los proyectos más importantes, son La escuela de Artística, la Primaria 5 entre otras.
Para el 2024 a Lobos se le asignaron 0,391175% algo así como 798.700.000 millones de pesos de los cuales tenían permitido invertir como mínimo en infraestructura escolar la suma de $ 319.500.000.
Sin esos aportes, el Municipio no podría construir ningún establecimiento escolar.
Cabe mencionar que de los impuestos Nacionales y Provinciales que se debían participar, la Nación no aportó a la fecha fondos que antes se distribuían en sueldos docentes.
El artículo 1° de la resolución N° º 292/2024 señala que se determina que el “16,14 % de los recursos de afectación específica que perciba la Provincia en virtud de la vigencia durante el Ejercicio Fiscal 2024 del artículo 7° de la ley nacional 26.075, para cubrir gastos estrictamente ligados a la finalidad y función educación (abarcando la educación formal como la no formal)”. Además, establece que dichos recursos “se distribuirán, en forma diaria y automática, entre los municipios de acuerdo a los coeficientes establecidos en los artículos 1° y 2° de la resolución 1/23 de la Dirección General de Cultura y Educación. (Decreto 292/24)”.
Asimismo, como se indica en el artículo 2, aquellos municipios que integran el área territorial del conurbano bonaerense, conforme a lo establecido en el artículo 1° de la Ley N° 13.473, deberán destinar como mínimo el cincuenta por ciento (50 %) de los recursos del referido Fondo, a la infraestructura escolar. Los restantes municipios deberán afectar como mínimo el cuarenta por ciento (40 %) de dichos recursos a idéntico destino.
El decreto indica que con el fin de dar estabilidad y previsibilidad en cuanto a la asignación de recursos a los Municipios “resulta oportuno mantener la vigencia, para el año 2024, de los coeficientes aprobados por los artículos 1º y 2º de la Resolución Nº 1/23 de la Dirección General de Cultura y Educación”.
En el año 2023 el coeficiente estaba determinado de la siguiente manera:
I. 25% por Régimen General, conformado por:
A. 7,5% por superficie, según datos de la Dirección de Geodesia de la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires
B. 17,5% por población de 3 a 17 años proyectada para 2022, según datos brindados por la Dirección Provincial de Estadística del Ministerio de Hacienda y Finanzas.
II. 75% por variables educativas, conformado por:
A. 40% por la matrícula en todos los niveles y modalidades de establecimientos de gestión oficial y municipal, según datos del Relevamiento de Matrícula Inicial 2022
B. 5% por el índice de vulnerabilidad de la matrícula de nivel inicial, primario y secundario de educación común (incluye modalidades técnica, agraria y artística) y de educación especial de establecimientos de gestión oficial y municipal, según datos brindados por la Subsecretaría de Planeamiento a partir del sistema nominal de matrícula Mis Alumnos 2022
C. 5% por el índice de trayectorias, según datos brindados por la Subsecretaría de Planeamiento a partir de información sobre estudiantes no promovidos y salidos sin pase en nivel primario y secundario de educación común (incluye modalidades técnica, agraria y artística), que surge del sistema nominal de matrícula Mis Alumnos sobre cierre de ciclo 2021 e inscripción 2022
D. 15% por la cantidad de establecimientos de gestión oficial y municipal de todos los niveles y modalidades, según datos del Padrón Oficial de Establecimientos actualizado a noviembre de 2022.
E. 2% por la cantidad de establecimientos de gestión municipal de todos los niveles y modalidades, según datos del Padrón Oficial de Establecimientos actualizado a noviembre de 2022
F. 8% por la cantidad de predios escolares en los que funcionan uno o más establecimientos de gestión oficial y municipal de todos los niveles y modalidades, según datos brindados por la Subsecretaría de Planeamiento a partir de la actualización preliminar del padrón de predios escolares a noviembre de 2022.
DECRETO No 285/2024
https://drive.google.com/file/d/12XT6afYxJQR88m010dxfz6rcUpAjgVpF/view