A VECES LA INFORMACIÓN DIRECCIONADA, LO ÚNICO QUE HACE ES OCULTAR LA VERDAD.
Luego de más de un año que no quisieron sesionar en el Congreso, ahora los Diputados y Senadores quieren hacerlo con un tema candente, como lo es la ley de alquileres.
Con la ayuda de Miley, que mientras se debatía se ausentó del recinto, para volver y votar el apoyo en diputados, la ley pasó al senado.
Aunque muchos interesados y opositores se rasgan las vestiduras acusando a los intereses de la Vicepresidenta por la Jueza Figueroa, la verdad parece ser otra.
Sabido es que el entramado judicial, no es proclive al partido gobernante, sin embargo las mayores causas que impulsó la oposición, cuando estuvo en el gobierno, se vienen cayendo a pedazos y, necesitan cambiar el objetivo de a discusión.
«La Ley de Alquileres se convirtió en prioridad legislativa de Juntos por el Cambio, pero no contaría con el apoyo de los senadores provincialistas, ni de los del Frente de Todos.»
«La fragmentación del Frente de Todos en el Senado, en febrero de este año, fue un movimiento crucial que impacta en el actual debate por la Ley de Alquileres: los cinco senadores que conformaron Unidad Federal tienen posiciones disímiles pero sin su apoyo Juntos por el Cambio no puede aprobar el proyecto tal como llegó de Diputados.»
QUE DICE LO QUE SE APROBÓ EN DIPUTADOS.
La ley de Alquileres aprobada en Diputados fue impulsado por distintos partidos que conforman Juntos por el Cambio (PRO, UCR, Evolución Radical, Coalición Cívica y otros aliados). Las principales modificaciones que propone son:
- Duración: el plazo mínimo de duración de los contratos es de 2 años, volviendo al esquema anterior a la actual ley.
- Aumentos de alquileres: se establece el mecanismo de «acuerdo entre las partes» para revisar los incrementos de los precios de alquileres «por intervalos de entre cuatro (4) y doce (12) meses» y «pudiendo aplicar a tales efectos el índice de precios al consumidor (IPC), el índice de precios mayoristas (IPM) y/o el índice de salarios (IS), elaborados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) o una combinación de dichos índices».
- Ingreso: no podrá exigirse al inquilino el pago de alquileres anticipados ni depósitos de garantía superiores a un mes.
- Reparaciones: el propietario deberá hacerse cargo de las reparaciones urgentes en no más de 24 horas desde la notificación del inquilino y en no más de 10 días corridos en caso de reparaciones no urgentes.
- Cancelación de contrato: el contrato puede ser resuelto antes de que expire su plazo por parte del inquilino, pero no antes de los primeros seis meses de contrato. Si la notificación se realiza con al menos tres meses de anticipación, no corresponde pago de ninguna suma.